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PLD dice sentencia del TSE no prohíbe hacer consulta

Publicado en Nacionales, hace 6 meses

Santo Domingo.-El delegado ante la Junta Central Electoral del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Danilo Díaz, aclaró este viernes que la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que anula la decisión del PLD de adelantar la escogencia de candidatos para el 2028 no prohíbe a esa organización realizar la consulta.

El Tribunal Superior Electoral anuló por completo la resolución contenida en el numeral 3 del acta número 3 del Comité Político del PLD del pasado mes de marazo.

“Esta sentencia 11-25 que acaba de publicar el Tribunal Superior Electoral no le prohíbe al Partido de la Liberación Dominicana hacer su consulta en el año 2026. Esta sentencia, específicamente, anula todo lo relativo al procedimiento utilizado para la convocatoria de apertura de inscripción de aspirantes”, explicó Danilo Díaz, delegado JCE del PLD.

Danilo Díaz afirma decisión TSE establece parametros de escogencia de candidatos

Danilo Díaz, delegado ante la Junta Central Electoral del PLD, dice que la decisión de este tribunal solo establece los parámetros de cómo se debe realizar el proceso de escogencia de los candidatos.

“Esta sentencia, justamente lo que hace es apoyarse en nuestros estatutos, que es de alguna manera reconociendo que es el que regula y norma la vida cotidiana del partido. Apoyándose en los mismos, el Tribunal Superior Electoral establece que es competencia del Comité Central y no del Comité Político lo relativo al proceso de reglamentar la consulta de la apertura de inscripción misma. Además, de establecer las reglas del juego que garanticen la igualdad de oportunidades que deben tener los aspirantes”, añadió Danilo Díaz, delegado JCE del PLD.

Mientras que miembros del PLD aseguran que las leyes electorales deben aplicarse a todos los partidos que realizan campaña fuera del tiempo establecido.

“De que frenen su campaña porque el partido de Gobierno está en campaña en todas partes. Naturalmente, eso va dirigido a la Junta Central Electoral para que ejerza la ley. Es decir, se necesita que se frenen las campañas electorales a destiempo”, señaló Luis de León, miembro del PLD.

La decisión del Tribunal Superior Electoral se produce tras acoger una acción de nulidad interpuesta por el dirigente Eleuterio Abad Santos. Esto con el respaldo de varios miembros del Comité Central y de la base partidaria. En la misma denunciaron la falta de legalidad, equidad y transparencia en la resolución del órgano político.

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