Publicado en Nacionales, hace 9 horas
Santo Domingo. El Senado de la República validó este martes en primera lectura la modificación de la Ley 36-24, que crea la Corporación Turística de Cabo Rojo, la cual había sido promulgada por el presidente Luis Abinader en agosto del 2024, con el objetivo de impulsar el desarrollo de Pedernales.
Para esta ocasión, el jefe de Estado sometió la modificación de los artículos 6, sobre el régimen legal; el 9, para reestructurar el consejo de administración; el 11, sobre los informes financieros, y el artículo 12, que trata sobre el financiamiento de las actividades.
De aprobarse los cambios, el artículo 6 se leerá: “La sociedad comercial Corporación Turística Cabo Rojo, junto con sus sociedades subordinadas y sus respectivos directores y ejecutivos, estarán sujetos a la legislación nacional aplicable a las sociedades comerciales de derecho privado y a sus estatutos sociales, sin perjuicio de lo dispuesto respecto al control externo en el artículo 11 de esta ley.”
El 9 señala que el consejo de administración y los estatutos sociales serán compuestos por el sector público e inversionistas privados, con un número mínimo de tres miembros.
El 11 establecía que la Corporación Turística Cabo Rojo debía enviar informes anuales al Poder Ejecutivo. No obstante, con esta normativa el control externo de la entidad será ejercido por la Cámara de Cuentas, la cual podrá, de ser necesario, auxiliarse de técnicos externos y firmas internacionales para ejecutar las auditorías.
El artículo 12 agrega un párrafo señalando que las empresas, patrimonios autónomos, adquirientes de inmuebles se beneficiarán del tratamiento tributario especial y de las exenciones ya establecidas en el Contrato de Fideicomiso para el Desarrollo Turístico de Pedernales (Fideicomiso Pro Pedernales), elaborado en 2021.
Además, explica que las exoneraciones serán vigentes por 20 años, contados a partir de la constitución de la Corporación Turística Cabo Rojo, independientemente de la participación directa o indirecta del Estado dominicano en su capital social o de la vigencia del referido contrato.
La pieza deberá ser leída y aprobada en segunda lectura. Luego irá a la Cámara de Diputados para el mismo proceso y regresará al Poder Ejecutivo para promulgación del presidente Abinader.