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Jurista dice iglesias no fueron escuchadas como amicus curiae en caso sobre sodomía

Publicado en Regionales, hace 2 horas

Barahona.-  El jurista Iván Ariel Gómez Rubio cuestionó este jueves que en el proceso que llevó al Tribunal Constitucional (TC) a dictar la sentencia No. 1225-25, la cual declaró inconstitucional la penalización de la sodomía en los códigos de justicia militar y policial, las iglesias católica y protestantes no fueran admitidas como amicus curiae, mientras que sí se concedió participación a organizaciones de defensa de los derechos LGBTI.

La disposición anulada sancionaba como sodomía el “concubinato entre personas del mismo sexo” dentro de cuerpos castrenses, con penas que variaban según el rango del miembro militar o policial. Con la sentencia, esta figura desaparece del régimen disciplinario penal aplicable a dichas instituciones.

Gómez Rubio explicó que el derecho, como ciencia en constante evolución, se ve influido por corrientes doctrinales, organismos internacionales y tendencias globales que impulsan la despenalización de relaciones entre personas del mismo sexo.

Citó jurisprudencias internacionales, como el caso Perkins y R. vs. Reino Unido (2002), y decisiones de la ONU que consideran arbitraria la criminalización de la homosexualidad en adultos.

El jurista recordó además que países como India despenalizaron la homosexualidad en 2018, demostrando que en gran parte del mundo este tipo de restricciones legales se mantiene solo por razones morales y en su mayoría en naciones árabes.

Señaló que, durante la fase de consultas del Tribunal Constitucional, fueron admitidas como amicus curiae organizaciones como Human Rights Watch, Diversidad Dominicana y la Red de Litigantes LGBTI de las Américas.

Sin embargo, el experto destacó que las iglesias católica y evangélicas no fueron escuchadas, a pesar de su interés en el tema y su preocupación por que este precedente abra paso a la legalización del matrimonio igualitario, lo cual requeriría una reforma a la Constitución, específicamente en su artículo 55.

Los amicus curiae participantes insistieron en que diversos tratados internacionales, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, prohíben la discriminación por orientación sexual y respaldan la igualdad ante la ley.

El jurista concluyó que el debate nacional debe darse sin presiones ideológicas y con claridad sobre los alcances reales de la sentencia, que se limita a la despenalización de la conducta y no implica cambios automáticos en otras instituciones legales.

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