Publicado en Nacionales, hace 4 horas
Santo Domingo.– Este jueves 16 de octubre, la Quinta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) conocerá la acción de amparo interpuesta por los ciudadanos Hernani Aquino y Ricardo Ripoll.
La acción exige el cese inmediato de lo que califican como un “engaño masivo” al consumidor y un “desacato consumado” a la Ley 225-20, cuyo plazo para la eliminación del poliestireno expandido (foam) venció el pasado 2 de octubre. En un gesto de respaldo institucional a la defensa ambiental, el Defensor del Pueblo se ha sumado como interveniente voluntario, reforzando el llamado a una aplicación responsable y equitativa de la normativa.
La pieza judicial argumenta que, tras vencerse el plazo de 60 meses otorgado por la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la comercialización de envases de foam para alimentos y bebidas se encuentra en un estado de franca ilegalidad.
La intervención del Defensor del Pueblo subraya la relevancia colectiva del caso, alineándose con su rol de garante de derechos fundamentales, incluyendo el acceso a un medio ambiente sano.
La acción revela que el propio Instituto Dominicano para la Calidad (INDOCAL) ha certificado por escrito que “no se registran certificaciones” que avalen la supuesta biodegradabilidad de estos productos, calificando la publicidad en los empaques como fraudulenta.
La acción de amparo subraya los graves riesgos para la salud pública, citando agencias internacionales que clasifican el estireno componente del foam como un posible carcinógeno cuya migración a los alimentos es un riesgo documentado.
Asimismo, argumenta que la inacción del Estado contraviene los compromisos de la República Dominicana bajo acuerdos internacionales como el Convenio de Basilea y el Acuerdo de París, que exigen una gestión ambientalmente racional de los residuos y la mitigación de emisiones.