Publicado en Nacionales, hace 2 horas
Santo Domingo, RD-El destacado jurista y ex magistrado de la Suprema Corte de Justicia, Julio Aníbal Suárez, calificó como una “violación constitucional” la decisión del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) de destituir a tres jueces de la Suprema Corte de Justicia bajo el alegato de no haber superado sus evaluaciones.
“Por tercera vez, el Consejo incurre en el mismo error, o más bien, en una burla a la Constitución, al interpretar que los jueces supremos tienen un límite de duración en sus cargos. Confunden lo que es un período de evaluación del desempeño con la finalización de sus funciones”, afirmó Suárez.
El ex magistrado sostuvo que esta decisión responde a razones políticas y que los miembros del CNM parecen ignorar que la inamovilidad de los jueces, consagrada en la Constitución dominicana, “es absoluta”, pues no establece un término para su permanencia en el cargo ni permite su destitución, traslado, suspensión o jubilación sin causa debidamente fundamentada.
“El artículo 181 de la Constitución es claro al disponer que los jueces de la Suprema Corte de Justicia solo pueden ser evaluados cada siete años, y que, en caso de ser separados, deben establecerse los motivos conforme a la ley. No se trata de un período de designación de siete años, sino de una revisión de desempeño. La regla es la permanencia; la excepción, la destitución”, puntualizó.
Suárez subrayó que el único cargo sujeto a un término definido es el de Presidente de la Suprema Corte de Justicia y sus sustitutos, quienes son evaluados al cabo de siete años, pero mantienen su condición de jueces aunque no continúen en esas funciones.
Agregó que esta garantía de estabilidad no constituye un privilegio personal del juez, sino una protección al ciudadano y a la independencia judicial.
“La inamovilidad no es un beneficio del juez, sino un derecho de la sociedad. Es una garantía de que la justicia opere sin miedo ni presiones políticas, asegurando un Estado de Derecho previsible y confiable”, citó el jurista, recordando el Estatuto del Juez Iberoamericano.
Finalmente, calificó como carente de motivación legal y constitucional la destitución de los magistrados Manuel Alexis Read, Pilar Jiménez Ortiz y Moisés Ferrer, basada únicamente en que “no pasaron las evaluaciones”.
“Esa decisión viola los artículos 181 de la Constitución y 35 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura. No basta con alegar una mala evaluación; debe demostrarse una falta grave y debidamente sustentada. De lo contrario, se erosiona la independencia judicial y se debilita el Estado de Derecho”, concluyó Suárez.