Publicado en Nacionales, hace 3 horas
Santo Domingo, RD-Como una alternativa ante la penalización total del aborto en República Dominicana, un proyecto de ley sobre protección integral a víctimas de violencia y coerción reproductiva propone que el presidente pueda considerar decisiones humanitarias, como un indulto anticipado, al personal médico que practique abortos a niñas embarazadas víctimas de violaciones o incestos.
La iniciativa, enmarcada en el plan legislativo “Déjala Ir”, busca que el presidente de turno considere alguna alternativa para que no se penalice a quienes practiquen abortos a niñas “para preservar su salud mental” tras episodios como un embarazo originado por una violación sexual.
“Dado que la legislación penal dominicana actualmente no contempla causales de interrupción legal del embarazo, el sector salud se ve limitado en los casos de niñas embarazadas por violación. Sin embargo, esta ley dispone que el Ministerio de Salud en coordinación con el Ministerio Público actúe ante situaciones extremas”, establece el artículo 14 del proyecto depositado por la diputada perremeísta Margarita Tejeda y firmado por otras 35 legisladoras.
En caso de que el proyecto se apruebe, el procedimiento quedaría así: la niña embarazada por una violación –o su tutor- pueden pedir la interrupción del embarazo, luego las autoridades de salud deben informar sobre esa petición al Ministerio Público y a un juez competente que, bajo una autorización, podrá emitir “una decisión urgente” dirigida al presidente. En ese caso, el mandatario podrá usar ese dictamen “como un insumo para eventuales decisiones humanitarias” que salvaguarden la estabilidad mental de la niña víctima.
Aunque la propia iniciativa no detalla cuáles serían las llamadas “decisiones humanitarias”, sí menciona específicamente la posibilidad de que el presidente emita un indulto anticipado, que es una herramienta que se concede antes de dictarse sentencia firme.
El proyecto, en el mismo artículo 14, establece que la nueva ley nacerá “a la espera de futuras reformas en materia sexual y reproductiva”.
Desde que se ha estudiado la modificación al Código Penal, que se concretó en julio de este año, varias corrientes del Congreso han propulsado la despenalización del aborto bajo tres causales extremas, pero las propuestas nunca tuvieron éxito ni votos suficientes.
Las llamadas tres causales se aplicarían cuando la vida de la madre corra peligro, cuando el feto sea inviable con la vida o cuando el embarazo sea producto de una violación o incesto.
Apoyo de Salud Pública
En paralelo, el proyecto dispone que el Ministerio de Salud deberá brindar a la menor todos los cuidados necesarios para llevar la gestación de la manera menos gravosa posible en caso de que deba continuarla, incluyendo apoyo psicológico especializado en trauma por violación y embarazo forzado.
Cuando la vida o la salud integral de la menor embarazada esté en riesgo grave por continuar el embarazo —según la valoración de al menos dos médicos especialistas—, el equipo de salud aplicará el protocolo médico correspondiente para salvarla, agotando todas las alternativas clínicas.
Si inevitablemente se pierde el embarazo como consecuencia de un procedimiento vital, la pieza establece que esto será considerado un aborto indirecto no punible conforme al estado de necesidad.
El médico actuante deberá documentar detalladamente las razones y comunicarlo de inmediato a la autoridad judicial para su conocimiento. El proyecto de ley ordena al Ministerio Público abstenerse de perseguir penalmente a los profesionales de la salud o a la propia menor cuando la interrupción del embarazo derive de acciones médicas justificadas por salvar su vida o evitarle un daño grave permanente.
En todos los casos de aborto espontáneo, incompleto o inducido que atiendan los centros de salud en adolescentes, el trato deberá ser confidencial y humanizado.
Además, la iniciativa argumenta que queda prohibido detener o denunciar a la menor paciente por el hecho de haber abortado.
“El rol del personal médico será salvar su vida y brindarle consejería, no actuar como policía”, dispone el proyecto.
Las investigaciones sobre abortos inducidos forzadamente serán llevadas por la justicia con la debida diligencia, pero protegiendo a la menor involucrada y “reconociéndola como víctima” cuando el aborto sea resultado de coerción o violencia.
El Ministerio de Salud, si se aprueba totalmente el proyecto, también estará obligado a capacitar a su personal médico en estos lineamientos para evitar omisiones por temor a consecuencias legales.