
Publicado en Nacionales, hace 3 horas
Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el ciudadano Junior Martínez contra la Junta Central Electoral (JCE), depositada ante la Secretaría General del Tribunal el día veintitrés (23) de septiembre de dos mil veinticinco (2025), tras acoger el pedimento presentado por la parte accionada.
La decisión fue adoptada con el voto unánime de los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Juan Manuel Garrido Campillo, suplente de la magistrada Rosa Pérez de García; y los jueces titulares Pedro Pablo Yermenos Forastieri; Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez.
De acuerdo a una nota de prensa, el Tribunal fundamentó su decisión en que existe otra vía judicial efectiva para conocer la solicitud, conforme el artículo 70, numeral 1, de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, así como al artículo 132, numeral 1, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
El TSE indicó que la vía correspondiente para tramitar la reclamación es la demanda en validez de acta de nacimiento ante la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Monte Plata, jurisdicción en la que está ubicada la oficialía del estado civil donde reposa el registro del acta del accionante, en consonancia con el precedente establecido en la sentencia TC/0101/22, de fecha 7 de abril de 2022, dictada por el Tribunal Constitucional.
En otro caso, el Tribunal Superior Electoral libró acta del desistimiento de la parte demandante y dispuso el archivo definitivo del expediente número TSE-01-0026-2025, relativo al “Recurso de apelación e impugnación de votaciones realizadas en el Congreso Elector Manolo Tavárez Justo del Partido Fuerza del Pueblo, el 14 de septiembre de 2025”.
La acción había sido interpuesta por la señora Doris Elsa Nouel Martínez contra el Partido Fuerza del Pueblo (FP) y la Comisión de Justicia Electoral de esa organización política.