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Alianza público-privada

Publicado en Todo Incluido, hace 2 años

En las últimas décadas se ha venido observando en el mundo, y de manera especial en los países en vía de desarrollo, una clara tendencia al uso de diversas fórmulas de alianzas entre el sector público y privado (las comúnmente conocidas como APPs) para emprender proyectos comunes que conduzcan a la solución de problemas vigentes o inminentes en favor de la población.

Son distintas las modalidades que se emplean entre la Administración Pública y los particulares o empresarios con la finalidad de llevar a cabo, de manera conjunta, proyectos de colaboración o cooperación que impliquen la financiación, construcción, renovación, o el mantenimiento de una infraestructura o la prestación de un servicio en beneficio de la colectividad.

La República Dominicana actualmente cuenta, por diversas razones, con un clima favorable para las inversiones privadas, así como para que el sector privado colabore y participe con la Administración Pública en la satisfacción del interés público, a través de la ejecución de obras en infraestructura y prestación de servicios públicos que, de una u otra forma, contribuyan con su desarrollo económico y social.

En fecha 20 de febrero de 2020 fue promulgada por el Presidente Danilo Medina Ley No. 47-20 sobre Alianzas Público-Privadas, en interés de que el régimen económico de nuestro país se oriente hacia la búsqueda del desarrollo humano, en un marco de libre competencia, igualdad de oportunidades, responsabilidad social, participación y solidaridad, para lo cual resulta indispensable que el Estado, en asociación con el sector privado, promueva un crecimiento equilibrado y sostenido de la economía y el incremento del bienestar social, a la vez que asegurar el acceso de la población a bienes y servicios básicos. 

Esta Ley genera condiciones propicias para la participación del sector privado en el desarrollo de infraestructuras y provisión de servicios, en un esquema de confianza y cooperación con los sectores públicos.

De igual manera, promueve alianzas estratégicas basadas en la corresponsabilidad y el esfuerzo conjunto de distintos sectores impulsando el continuo crecimiento económico de la República Dominicana en el marco de la sostenibilidad.

Sin embargo, al momento de desarrollar las herramientas para la aplicación de esta Ley, habrán de tomarse en cuenta aspectos que deben ser considerados dentro de la discusión y análisis legislativo, y así garantizar una normativa que surta los efectos esperados de contribuir con el desarrollo de nuestro pueblo. 

En primer lugar, con la nueva normativa debe procurarse, y a la vez garantizar, que los proyectos de APPs generen valor público, esto es, que tiendan a la solución de un problema vigente o inminente en la población.

Se debe lograr que la administración de los eventuales riesgos que puedan generarse sea la más adecuada para las partes involucradas.

Uno de los elementos que más resaltan en las APPs lo constituye el reparto de los riesgos, por lo que deben llevarse a cabo estudios y análisis rigurosos que nos conduzcan, de manera eficaz, a determinar cómo se debe hacer un reparto eficiente, para reducir los costes de la misma, maximizar el beneficio social, minimizando potenciales contingencias y proporcionando una respuesta rápida ante su posible impacto.

Asegurarse de que los proyectos APPs no acaben generando importantes cargas presupuestarias para futuras generaciones. Que durante la gestión y ejecución del proyecto se garantice una efectiva supervisión y fiscalización del mismo, de ambos sectores, tanto público como privado.

Fomentar la competitividad y transparencia en los procesos de licitación pública, así como en la fase de planificación y estudios que sustenten el proyecto.

Confiamos que, tanto el sector público como el privado, colaboren para lograr estos objetivos y que las APPs no sean utilizadas como un artificio que pueda resultar altamente cuestionado tanto por su calidad, como por acciones dolosas en perjuicio del patrimonio público.

En definitiva, de lo que se trata es de poder desarrollar las APPs para beneficio de la colectividad, es decir los ciudadanos, y que el sector privado dentro de ese proceso obtenga beneficios razonables dentro del riesgo asumido.

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