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Asegura Suprema Corte de Justicia será culpable de más muertes

Publicado en Locales, hace 8 años

Barahona.- El Doctor Praede Olivero Féliz denunció ala Suprema Corte de justiciacomo la culpable de la violencia que se pueda desatar y de las muertes que se puedan producir entre los familias Brito Serrano del municipio de Tamayoy la familia Batista Céspedes del municipio de Vicente Noble, ya que fruto del tráfico de influencia, el dinero y la corrupción han venido actuandoa favor de la criminal extraditada desde España, Diana Altagracia Batista Céspedes (Elaine), imputada y condenada por violar los artículos 59, 60, 265, 266, 295, 296, 297, 298, 302, 304, 434 y 435 del Código Pena.

Dijo Olivero Féliz, hechosimputados a Elaine, a su espeso Barceló (Prófugo de la Justicia) y a su cuñado Ángel Carlos González Andújar (Gangue), este último condenado 30 años de prisión son incendiar una vivienda y provocarlaslas muertes de los ancianos Andrés Brito y Altagracia Serrano,los menores Romasi BritoyBricher Britoy lasquemaduras a lasobreviviente, Stefany Ruth Brito.

Estableció que la primera mala actuación de la Suprema Corte de Justicia para proteger a Diana Alejandra Batista Céspedes (Elaine) fue declinar el expediente de los tribunales del Distrito judicial de Bahoruco hacia el Distrito Judicial de san Juan de la Maguana, en base a documentos falsos y la segunda, violar el Código procesal Penal y  la Constitución cuando, tras la condena aDiana Alejandra Batista Cépedes(Elaine) a 20 años de prisión yuna indemnización de RD$20,000,000.00 (VEINTE MILLONES DE PESOS), admite el recurso de casación tardío, evitando que la sentencia sea definitiva.

SeñalaPraede que en su resolución3509-2016, de fecha 27 de octubre 2016, basada en los artículos 393,394,399,400,418,419,425,426 y 427 del código procesal Penal, la Suprema admite el recurso de manera ilegal, ya que los mismoshansido violados, al igual que la constitución, ya que la sentencia le fue notificadaa la imputada  a la imputaday a su abogado Félix Humberto Portes Núñez, el 30 de junioyla recurren en fecha 3 de agosto 2016 las 3: 29 pm,34 díascalendario y 24 días hábiles después de la notificación, cuando la combinación de los artículos 418 y 427 del Código Procesal Penal establecen un plazo de 20 días parta interponer tanto el recurso  de apelación como el recurso de casación y extendiéndose a 30 días sólo para decidir.

Afirma Olivero Féliz, que la Suprema Corte de Justicia ni siquiera menciona a los querellantes, víctimas y actores civiles, ni su escrito de defensa defecha 29-8-2016, a la 12: 48 P.M violando el derecho de igualdad entre las partes y el derecho de defensa, por lo que sus actuaciones son nulas, como lo dispone el artículo 6 de la Constitución, por lo que, si no se declara la nulidad de la admisión y se acoge la inadmisión, la Suprema Corte de Justicia será responsablede las muertes que puedan seguir ocurriendo.

Fuente: El Boletin RD.-

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