Publicado en Gubernamentales, hace 2 semanas
Santo Domingo.- República Dominicana puso en vigor este domingo reformas a su Constitución, entre cuyos puntos figuran la reducción de 20 escaños en la Cámara de Diputado y la imposibilidad de que la Carta Magna se someta a modificaciones para beneficiar al presidente o presidenta de turno.
Asimismo, dispone que las elecciones nacionales se unifiquen a partir de 2032, además de dotar de una mayor independencia al Ministerio Público, del que también se determinan sus funciones.
La proclamación de la nueva Carta Magna la ejecutó el presidente de la Asamblea Nacional Revisora, el senador Ricardo de los Santos, en una ceremonia celebrada en el Congreso Nacional (bicameral) en la que estuvieron presentes el presidente del país, Luis Abinader, y la vicepresidenta, Raquel Peña.
IMPOSIBILIDAD DE MANTENERSE EN EL PODER
La cuadragésima modificación a la Constitución dominicana dispone la imposibilidad de que la máxima autoridad del Poder Ejecutivo pueda intentar permanecer en el poder más allá de lo que establece el texto constitucional, que permite la reelección consecutiva, y «nunca más» volver a aspirar al cargo de presidente y al de vicepresidente.
«Aquellos que dudaron de que esto fuera posible ahora tendrán que creer en mi palabra. Por primera vez en República Dominicana un presidente, con la mayoría necesaria para modificar la Constitución y extender su mandato, decide limitarse a lo establecido en la Constitución», afirmó Abinader en un discurso tras la proclamación de la carta sustantiva.
NUMERO DE DIPUTADOS BAJARÁ A 170
La Asamblea Nacional Revisora, que aprobó la nueva Constitución el 14 de este octubre, dispuso que el número de diputados pasará de 190 a 170, a partir de las elecciones de mayo de 2032, cuando se producirá la unificación de los comicios nacionales, así como de los parlamentarios de organismos internacionales.
La Constitución dominicana ahora establece que el procurador general de la República no formará parte del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), posición que ocupará el presidente del Tribunal Constitucional (TC).
El Consejo de la Magistratura, que encabeza el presidente de la República de turno, elige a los miembros del Constitucional, del Tribunal Superior Electoral y de la Suprema Corte de Justicia.
PROCURADOR YA NO SERÁ NOMBRADO POR EL PRESIDENTE
El procurador general ya no será nombrado por el Poder Ejecutivo, sino por el Consejo de la Magistratura tras una propuesta en ese sentido del presidente.
Esta instancia, además del gobernante, la componen los presidentes del Senado y la Cámara de Diputados, un senador y un diputado de la segunda mayoría en sus respectivas cámaras, el presidente de la Suprema Corte de Justicia, un juez miembro de este organismo y a partir de ahora el presidente del Constitucional.
El Consejo Nacional de la Magistratura elegirá al procurador y a siete de sus adjuntos, además el procurador tiene que ser dominicano de nacimiento y origen y temer más de 35 años de edad, su elección será por un periodo inamovible de dos años, el cual puede ser renovado, además de que no puede haber estado involucrado en política activa durante los últimos cinco años previos a su elección.
Asimismo, debe hallarse en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos y ser licenciado o doctor en derecho.
ABINADER VE HAY «FIN DEL CAUDILLISMO»
Para Abinader las modificaciones a la Constitución aseguran que el poder siempre esté en manos del pueblo y simboliza el fin del caudillismo y el continuismo que puso en riesgo a la democracia de República Dominicana en múltiples ocasiones.
«Es un paso firme para consignar que las instituciones son más fuertes que los individuos, que el poder será una responsabilidad no un privilegio personal. Esto se produce en el país, mientras vemos que gobiernos de otras naciones buscan perpetuar a sus líderes», refirió.
Los cambios en la Constitución dominicana también establecen que para eventuales modificaciones se tendrá que recurrir al referendo, aunque el país no dispone de una ley en ese sentido.
Para subsanar esto y otros asuntos de las modificaciones, se dispuso que el Congreso Nacional dispone de al menos siete legislaturas para crear las leyes correspondientes