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Dos querellantes llegan a acuerdo con hermanos Espaillat y desisten de apelar la medida de coerción

Publicado en Nacionales, hace 2 días

Santo Domingo.- La Segunda Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional acogió este lunes los acuerdos alcanzados entre dos querellantes y los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, imputados por la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set el 8 de abril de este año.

Las querellantes Luisa María Delgado Araujo y Rossi Milanés Feliz Medina presentaron su desistimiento

Medida de coerción

Dicha medida consiste en una garantía económica de 50 millones de pesos, presentación periódica e impedimento de salida del país a los hermanos Espaillat.

Las impugnaciones buscaban que ambos imputados fueran enviados a prisión preventiva por presunta negligencia en el colapso del techo de la discoteca, que dejó 235 personas fallecidas y más de 180 heridas.

A principios de mes se rechazaron 26 recursos de apelación contra las medidas impuestas por la magistrada Fátima Veloz, incluida la del Ministerio Público.

de la apelación a la medida de coerción impuesta por la jueza de la Oficina de Atención Permanente.

Decisión en junio

En junio pasado la jueza de atención permanente rechazó la solicitud del Ministerio Público que pedía prisión preventiva de 18 meses contra Antonio Espaillat y domiciliaria para Maribel por la tragedia generada por el colapso de la discoteca Jet Set que causó la muerte de 235 personas, incluido el cantante dominicano Rubby Pérez, el pasado 8 de abril.

Al ponderar las pruebas aportadas, la jueza consideró que los hermanos Antonio y Maribel Espaillat poseían un arraigo suficiente al tener un domicilio conocido, actividad empresarial estable, vínculos familiares y sociales en el país, al tiempo de no demostrarse que estos tengan facilidades para abandonar el territorio dominicano ni tienen antecedentes de evasión.

A esto se suma, la posibilidad de una pena a imponer por el tipo penal de homicidio involuntario, según el artículo 319 de Código Penal de República Dominicana que establece prisión correccional de 3 meses a 2 años.

 

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