Aseguraron que la alta dirigencia del partido morado realmente está tratando de “impulsar de forma coordinada la promoción de un actor político específico con miras a su posicionamiento dentro de la organización partidaria antes del inicio del período preelectoral legalmente habilitado, lo que tiene como resultado favorecer a una precandidatura sobre otra, de cara al proceso preelectoral del año 2027″.
“A pesar de que no se coloca un impedimento a futuras precandidaturas y el respaldo al ganador podría parecer voluntario, se está condicionando la competencia a un escenario donde la militancia y dirigencia se comprometen a apoyar a una precandidatura sobre otras, fuera de un período de precampaña”, razonaron los magistrados.
Inequidad
Consideraron que existe una clara finalidad de posicionar de forma anticipada al aspirante que resulte electo del proceso, quien contaría con ventajas sobre el resto.
“El aspirante a la precandidatura que resulte favorecido contaría con un período anticipado de exposición, respaldo orgánico y ventaja operativa frente a los futuros precandidatos de la organización, quienes deberían esperar el inicio del calendario electoral legal del año 2027 para desplegar su precampaña. Esta circunstancia confirma una afectación al principio de equidad, pues coloca en desventaja a las futuras precandidaturas”, reza la resolución.
La corte electoral advirtió que, si bien las organizaciones partidarias tienen derecho a diseñar estrategias de cara a futuros procesos electorales y pueden realizar consultas internas como ejercicio de su autodeterminación, estas no pueden derivar en la imposición de precandidaturas o compromisos vinculantes antes del período legalmente autorizado, sustituyendo la libre competencia por mecanismos anticipados que privilegian a un aspirante sobre otros.
La defensa del PLD invocó el principio del centralismo democrático como fundamento de las decisiones adoptadas por mayoría ante la falta de consenso y afirmó que el proceso que pretenden llevar a cabo se encuentra respaldado por la Resolución 28/2021, con la cual la JCE permitió y acompañó una consulta similar.
Al respecto, el TSE respondió: “El hecho de que dicho proceso de selección de aspirantes se haya llevado a cabo en el año 2022 por la misma organización partidaria, no implica que su legalidad esté fuera de cuestionamiento, ya que hasta este momento no había sido objeto de un control jurisdiccional sobre los aspectos del fondo”.
El plan fallido
El Comité Político aprobó que en el primer trimestre del año 2026 los miembros del partido y todos aquellos ciudadanos que voluntariamente lo decidan, y que no estén inscritos en el padrón de otros partidos, seleccionen al aspirante de su preferencia entre todos aquellos aspirantes.
Estos aspirantes se comprometerían a respaldar al ganador en un evento que se celebraría para elegir en el plazo legal al candidato peledeísta.
Los postulantes tenían un plazo de 30 días para inscribirse a partir de la fecha de esta reunión, pero sólo tres lo hicieron, el resto rechazó la decisión.