Publicado en Nacionales, hace 23 horas
Santo Domingo. – La polémica sentencia que el Tribunal Constitucional emitió en diciembre revolvió a todo el sistema político al proponer un camino más ligero para los candidatos independientes en el país. Sin embargo, un proyecto de ley propuesto por la Junta Central Electoral (JCE) sugiere unas reglas duras y un camino difícil para los aspirantes desligados de partidos políticos que deseen participar en los comicios.
El proyecto, que se estudiará en una comisión especial de la Cámara de Diputados, impone fuertes regímenes para los candidatos independientes como la búsqueda de miles de firmas, una nula financiación del Estado, la constitución de una asociación cívica con muchos requisitos y la obligación de transparentar sus fondos.
En sus primeros artículos, el proyecto de ley para regular las aspiraciones independientes establece que los candidatos deben postularse a través de una asociación cívica que operará únicamente durante el proceso electoral y que se disolverá luego de los comicios. Esa asociación debe cumplir con requisitos muy técnicos como la descripción de su objeto social, datos de los fundadores, un acta constitutiva, un Registro Nacional de Contribuyentes y una constancia de apertura de cuenta bancaria.
Además, las asociaciones cívicas, que serán las únicas facultadas para postular a candidatos independientes, estarán obligadas a llevar un registro financiero y presentar declaraciones fiscales periódicas ante la JCE.
El escenario se sigue complicando para los candidatos independientes cuando la Junta propone en su proyecto que los aspirantes para el nivel presidencial deben presentar un listado de firmas que corresponda al 2 % del padrón electoral nacional, lo que significa que esos aspirantes tendrían que buscar el respaldo de 162,910 votantes si se toma en cuenta el padrón electoral del 2024, que asciende a 8,145,548 dominicanos.
El respaldo a través de firmas será revisado por la JCE, que velará para que los miles de firmas no correspondan a votantes que ya están registrados en partidos o movimientos políticos, no estén duplicadas ni alteradas.
El artículo 25 del proyecto limita las aspiraciones independientes al establecer que las asociaciones cívicas solo podrán presentar un máximo de tres candidaturas por cada nivel de elección (presidencial, municipal y congresual).
Más abajo, la pieza explica que si un candidato independiente que compita para ganar una curul en la Cámara de Diputados gane tantos votos que le permita tener más de un escaño, la asociación cívica que lo postuló solo tendría un único puesto en el Congreso, a diferencia de la repartición de los partidos que pueden obtener varias curules si son beneficiados con muchos votos en las elecciones.
Aunque los candidatos aliados a partidos políticos cuentan con recursos provenientes del Estado, a través de las organizaciones a las que pertenecen, los aspirantes independientes no gozarían de este beneficio porque el proyecto les prohíbe manejar dinero público y les impone un financiamiento exclusivo de fuentes privadas.
Además, el artículo 30 de la iniciativa prohíbe que los candidatos independientes hagan alianzas o coaliciones con cualquier partido para no perder el sentido de la independencia política.
Mientras que las disposiciones finales de la propuesta dejan claro que las candidaturas de diputados al Parlacen o diputados nacionales están excluidas de una participación independiente en las elecciones.
Tras ser depositado por la JCE, la Cámara de Diputados conformó una comisión especial que estudiará el proyecto de ley, rendirá un informe y luego lo enviará al Pleno de los 190 diputados para decidir si lo aprueba o lo rechaza.