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Poder Ejecutivo propone crear Instituto de la Comunicación para regular la libertad de expresión

Publicado en Gubernamentales, hace 5 horas

Santo Domingo.- El Gobierno dominicano depositó el pasado viernes ante el Senado de la República un proyecto de ley que busca establecer normas para regular la libertad de expresión que disponen los medios de comunicación y las redes sociales en las plataformas digitales.

Según la pieza realizada por el equipo jurídico del presidente Luis Abinader, junto a una comisión honorifica, las limitaciones tienen el objetivo de proteger “los derechos de todas las partes envueltas en el proceso de búsqueda, recepción y difusión de ideas, datos e informaciones”.

Para asegurar esto, la Presidencia pretende crear el Instituto Nacional de la Comunicación que, entre otras atribuciones, tendrá la potestad sancionadora de castigar a los comunicadores o medios que incurran en la comisión de diversas infracciones. Quedaría suprimida la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía.

Según la pieza realizada por el equipo jurídico del presidente Luis Abinader, junto a una comisión honorifica, las limitaciones tienen el objetivo de proteger “los derechos de todas las partes envueltas en el proceso de búsqueda, recepción y difusión de ideas, datos e informaciones”.

Para asegurar esto, la Presidencia pretende crear el Instituto Nacional de la Comunicación que, entre otras atribuciones, tendrá la potestad sancionadora de castigar a los comunicadores o medios que incurran en la comisión de diversas infracciones. Quedaría suprimida la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía.

En caso de que el Congreso Nacional convierta en ley este proyecto, será una falta grave restringir por vías de hecho o actos contrarios a la Constitución la libertad de expresión, la independencia de los medios de comunicación o el derecho de acceso a la información.

Asimismo, difundir señales o contenidos de radio y televisión que hayan sido suspendidos o cancelados “previamente de conformidad con las disposiciones de la presente ley”.

Por último, incumplir los requerimientos de información pública de las autoridades en caso de emergencia.

Por estos delitos pudieran recibir la suspensión de la transmisión por parte del medio por un periodo de hasta 90 días en la presentación de la actividad, la eliminación de contenidos que violen las disposiciones de la presente ley para la protección de las personas menores de edad o la imposición de multas entre 30 y 200 salarios mínimos del sector público.

Mientras que serían tipificadas de “infracciones moderadas” negarse a suministrarle al Instituto de Comunicaciones la información que “éste requiera, de conformidad con la presente ley”.

Al igual que violentar el derecho a réplica o retracto, realizar desde los medios audiovisuales prácticas discriminatorias contra los usuarios, “o entre editores y distribuidores de servicios”.

Además, violentar “con el contenido de las emisiones de los servicios de comunicación audiovisual, los horarios y clasificación de contenido”.

Estos casos recibirían un castigo de suspensión de la transmisión por parte del medio por un periodo de hasta 30 días en la presentación de la actividad; la imposición de multas entre 10 y 30 salarios mínimos.

El documento legislativo también contiene un apartado en el que coloca las contravenciones consideradas “leves”, junto a las penalizaciones correspondientes.

Estas serían actuar en desconocimiento de las recomendaciones que realice el Instituto de Comunicación y la violación de cualquiera de los demás mandatos contenidos en la presente ley y sus reglamentos.

La reacción gubernamental al incumplimiento de los lineamientos mencionados sería un llamado de atención y la imposición de multas entre 2 y 10 salarios mínimos.

En los considerandos, el Poder Ejecutivo manifiesta la necesidad que existe de actualizar el marco jurídico, ya que la Ley 6132, sobre libertad de expresión y difusión del pensamiento, fue originada el 15 de diciembre de 1962, “época en la cual imperaba un contexto social y tecnológico ya superado”.

Redes sociales y plataformas digitales

Las plataformas de contenidos en internet que funcionen en República Dominicana, como lo son Instagram, Youtube, X, entre otras; deberán cumplir con las siguientes obligaciones de “transparencia activa”.

Ofrecer explicaciones claras, en español, a la comunidad usuaria sobre las razones y a través de qué mecanismos sus contenidos han sido restringidos, limitados o removidos; o su cuenta o perfil suspendido, bloqueado o eliminado.

Tendrán que ofrecer la oportunidad, de forma clara, para apelar mediante procedimiento simple y con un corto plazo de respuesta.  Ser transparentes en relación con el funcionamiento de sus algoritmos y su código de fuente, permitiendo también su auditoría.

También, ofrecer información semestral, específica y desagregada, de todas las restricciones de contenidos o cuentas que se realicen, incluyendo las hechas por solicitudes gubernamentales, órdenes de tribunales judiciales, administrativos o arbitrales; así como por requerimiento de entidades privadas o por la aplicación de normas comunitarias.

“Desindexación”

La desindexación de contenidos en Internet procederá exclusivamente cuando el solicitante pruebe un daño cierto y sustantivo a su vida privada o que afecte su dignidad, y sólo a través de una orden judicial adoptada en el marco de un proceso respetuoso del debido proceso, en el que puedan ejercer su defensa todas las partes involucradas, incluyendo quien se expresa, representantes del medio de comunicación o quien edita el sitio web que pudiera verse afectado y los intermediarios.

“La desindexación no procederá cuando implique una limitación o restricción a la circulación de información de interés público o se refiera a funcionarios, candidatos a puestos electivos, personas de relevancia pública o violaciones de derechos humanos”, establece el proyecto.

Respaldo

La Sociedad Dominicana de Diarios (SDD) expresó el pasado lunes su firme respaldo al Proyecto de Ley Orgánica de Libertad de Expresión y Medios Audiovisuales sometido por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional el pasado 2 de mayo.

Sostuvo que “sería profundamente enaltecedor para la República Dominicana que, con ocasión de la Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP), a celebrarse en octubre próximo y de la cual seremos anfitriones, podamos presentar ante el mundo una ley modelo en materia de libertad de expresión y regulación de medios, fruto del consenso y del compromiso democrático”, manifiesta la agrupación de diarios.

El documento está firmado por los periódicos miembros de la SDD: Listín Diario, El Caribe, Diario Libre, Hoy, El Nacional, La Información, El Día y El Nuevo Diario.

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