Publicado en Nacionales, hace 4 años
En el documento, el PRD sustenta sus argumentos avalado en aspectos esencialmente jurídicos y conforme a la resolución 49/2020, adoptada por la propia JCE en fecha 15 de mayo de 2020.
En dicha resolución, la JCE dispuso que el orden numérico en que deberán figurar los partidos políticos con derecho a participar en las elecciones presidenciales, senatoriales y de diputados del cinco de julio, tanto en documentos oficiales electorales y en los recuadros de las boletas electorales, “será el mismo con el que participaron dichas organizaciones en las pasadas elecciones generales del nivel municipal”, es decir, el de los votos válidos obtenidos por las organizaciones en el nivel presidencial en las elecciones del año 2016.