Publicado en Nacionales, hace 1 día
Santo Domingo.- El proyecto de Código Penal que espera aprobación en el Congreso Nacional introduce una definición más amplia y sanciones más severas para los delitos de corrupción pública, en contraste con el código vigente, cuyas normas datan en su mayoría del siglo pasado y han sido objeto de múltiples reformas parciales.
En el artículo 294, el texto establece que cualquier funcionario o servidor público que, valiéndose de su cargo, obtenga beneficios económicos personales o para terceros, o haga uso indebido de los bienes públicos, incurre en corrupción. También se incluye como corrupción el ofrecer, prometer o realizar actos ilícitos en el ejercicio de sus funciones, lo que marca un enfoque más integral del delito.
En comparación, el código penal vigente con artículos dispersos que datan incluso de principios del siglo XX se enfoca en delitos específicos como desfalco, concusión, soborno, y prevaricación, tratándolos de forma fragmentada. La actual legislación no contempla una definición general ni transversal del concepto de corrupción, lo que limita su aplicación y dificulta la unificación de criterios judiciales.
El nuevo Código Penal establece sanciones estrictas de inhabilitación para ejercer funciones públicas a los funcionarios condenados por corrupción.
Según el artículo 295, la duración de esta inhabilitación varía en función del monto involucrado en el delito: va desde cuatro hasta treinta años, contados a partir del cumplimiento de la pena de prisión.
El nuevo código también establece penas proporcionales según el monto envuelto en el hecho punible, lo que representa una novedad en la legislación dominicana:
Si el monto involucrado no supera 20 salarios mínimos, se impondrán de 2 a 5 años de prisión menor, más multa, decomiso e inhabilitación para ejercer cargos públicos por 4 a 20 años.
Si oscila entre 20 y 1,000 salarios mínimos, la pena sube a 4 a 10 años de prisión mayor, con multas equivalentes de 4 a 10 veces la suma malversada.
Si supera los 1,000 salarios mínimos, la sanción será de 10 a 20 años de prisión mayor, con multas de hasta 20 veces el monto involucrado y hasta 30 años de inhabilitación para cargos públicos.
En contraste, el código actual contempla penas como reclusión menor y multas limitadas, con un marco penal que depende más del tipo específico de delito (por ejemplo, desfalco, cohecho, concusión) que del monto afectado. Aunque impone sanciones como inhabilitación, vigilancia policial o multas de tres veces lo sustraído, las penas suelen ser menores, dispersas y menos claras, además de ser vulnerables a interpretaciones y vacíos legales.
Otra diferencia es que el nuevo texto codifica la corrupción como un delito transversal a toda la administración pública, permitiendo sancionar múltiples delitos conexos de manera unificada (según el artículo 294, párrafo). El sistema vigente trata cada falta como una infracción individual, con disposiciones legales que requieren interpretar más de 20 artículos repartidos entre leyes especiales y reformas de décadas distintas.