Publicado en Nacionales, hace 2 años
Los expedientes serán ventilados en cámara de consejo, siempre respetando el debido proceso; el derecho defensa y el carácter contradictorio, sin perjuicio de la facultad del Tribunal ante las particularidades de determinados casos, de conocerlos en audiencia pública.
Para conocer los expedientes, la Alta Corte habilitó los días sábados y domingos, para dar respuesta adecuada a los casos que sea apoderada.
El procedimiento establecido es que una vez recibido el expediente en la Secretaría General del Tribunal, la Presidencia del mismo dictará auto ordenando al recurrente notificar mediante acto de alguacil su recurso a la parte recurrida, conjuntamente con las pruebas que hubiere depositado en el Tribunal.
La notificación deberá realizarse dentro de las 24 horas de haber retirado el auto que le ordena citar.
Una vez notificado el recurso, la parte recurrente deberá depositar en la Secretaría General del Tribunal el acto de notificación del mismo a la parte recurrida.
Ese depósito se realizará dentro de las 24 horas que sigan a la notificación del recurso.
Precisa la resolución que una vez depositado el escrito de defensa de la parte recurrida, o transcurrido el plazo otorgado a esos fines sin que dicho escrito sea depositado, el expediente quedará en estado de recibir fallo por parte del Tribunal.
La resolución está firmada por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, juez presidente; Rosa Pérez de García, Fernando Fernández Cruz y Hermenegilda del Rosario Fondeur Ramírez, jueces titulares, y Rubén Darío Cedeño Ureña, secretario general.