Publicado en Nacionales, hace 9 años
Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible un recurso de amparo incoado por Minou Tavárez Mirabal, contra las resoluciones emitidas por la Junta Central Electoral al no reconocimiento del Partido Opción Democrática.
De acuerdo a la sentencia del TSE, rechazó la Acción de Amparo, interpuesta por la candidata presidencial de Alianza por la Democracia (APD), Tavárez Mirabal; Manuel Bonilla Dominici, Samuel Bonilla Bogaert, Ángel Alfonso Casasnovas Giudicelli, José Horacio Rodríguez Grullón, Sergia Galván Ortega y Sergio Germán Medrano por ser notoriamente improcedente.
“Este Tribunal no ha constatado violación a derechos fundamentales en perjuicio de la parte accionante, en razón de que el número de afiliados al partido Opción Democrática que fue contactado por la Junta Central Electoral asciende a un 38.41%, por lo que no cumple con las disposiciones de la Resolución Núm. 19-2011, dictada por la Junta”, señaló.
El pasado siete de abril, la presidenta de Opción Democrática interpuso un recurso de amparo ante el TSE contra las resoluciones de la JCE que rechazaron la solicitud de reconocimiento de su organización política.
POR NORBERTO MONTERO